01|02|2018

Reempadronamiento Obligatorio para Productores de Seguros

Finalmente la Superintendencia de Seguros de la Nación avanzó en el tan anunciado empadronamiento de productores asesores de seguros, mediante el dictado de la Resolución 76-E/2018.

El texto de la norma sostiene que en el marco del Plan de Modernización del Estado, resulta necesario actualizar, digitalizar y unificar la información disponible en los Registros que lleva el Organismo de Control, disponiendo el Empadronamiento de Productores Asesores de Seguros, con carácter obligatorio, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Los Productores Asesores de Seguros, para proceder a empadronarse, deberán ingresar al Trámite de “Empadronamiento de Productores Asesores de Seguros” disponible en la plataforma informática de Trámite A Distancia (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/.

También los Aspirantes a la Matrícula de Productores Asesores de Seguros deberán presentar la solicitud de inscripción y la documentación exigida por la normativa vigente a través de la misma plataforma informática.

Para el cumplimiento de esta obligación tanto Aspirantes como Productores Asesores de Seguros deberán previamente adherir al servicio a través la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ingresando con clave fiscal a http://www.afip.gob.ar.

El cronograma para el cumplimiento del Empadronamiento es el siguiente:

  • Productores Asesores de Seguros con matrículas terminadas en 0, 1 y 2 deberán empadronarse entre el 01/02/2018 y el 31/03/2018.
  • Productores Asesores de Seguros con matrículas terminadas en 3, 4 y 5 deberán empadronarse entre el 01/04/2018 y el 31/05/2018.
  • Productores Asesores de Seguros con matrículas terminadas en 6, 7, 8 y 9 deberán empadronarse entre el 01/06/2018 y el 31/07/2018.
Además, se establece que el incumplimiento en tiempo y forma del empadronamiento en tiempo y forme implicará la baja automática en el Registro de Productores Asesores de quienes encontrándose en mora no hayan regularizado la situación.

 

Ver Resolución

Trámites a Distancia (TAD)

Instructivo para Adherir Servicio TAD

Instructivo de FAPASA